Agresiones

Agresiones desde todas direcciones. ¿Quién protege a los agredidos?

Siguen las agresiones a sanitarios que deben ser combatidas desde todos los ámbitos concienciando a la sociedad y desde la administración y la Judicatura. ¿Pero esto ocurre de verdad?

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Colectivos:

Leemos dos noticias sobre agresiones a sanitarios en la prensa.  

Una del Diario de Sevilla acerca de la agresión sufrida por un médico de Familia en un Centro de Salud de Lebrija cuando fue insultado, amenazado y golpeado por un paciente en su consulta, siendo necesaria la actuación de la Guardia Civil.

Otra que nos cuenta la confirmación por parte de la Audiencia de Málaga de la pena íntegra impuesta por un juzgado Penal que habia condenado por un delito de atentado a funcionario público a una pena de 18 meses de prisión, por otro de desórdenes públicos a una multa de 1.080 euros y por una falta de coacciones a abonar 120 euros. Además, se le impuso el pago de 7.063 euros al Servicio Andaluz de Salud por el daño en un aparato de respiración artificialAsimismo, se le condenó a indemnizar a una enfermera con 1.000 euros por los perjuicios causados y se le impuso la prohibición de acercarse a menos de 500 metros al hospital y a dicha profesional por un periodo de tres años. Estas agresiones y amenazas se sucedieron en varias ocasiones, durante dos años, a los profesionales sanitarios del Hospital Materno Infantil que atendían a su hijo, aquejado de numerosas patologías crónicas. 

Si la agresión no se juzga como delito de atentado sino como falta las sentencias suelen ser mínimas.

Por otra parte, nuestros compañeros del SM de Sevilla nos cuentan también como el SAS maltrata a sus profesionales agredidos, a raíz del trato que ha sufrido una médica de otro consultorio de Sevilla que sufrió amenazas, vejaciones e insultos en el desarrollo de sus funciones. 

Y ahora viene la agresión del SAS para con sus trabajadores:  La agredida solicitó la baja por accidente de trabajo, al ser derivado de la agresión sufrida, es decir, como consecuencia de su trabajo, ya que presentaba estrés postraumático. 

El SAS considera que como no tiene lesión física, se considera baja por enfermedad común y, por tanto, con los recortes en su sueldo que conlleva (le quita la mitad del sueldo) y que no ocurre más que con los complementos en caso de accidente laboral.

El SAS incumple la normativa vigente, tanto general (Seguridad Social) como del SAS que, en su PROCEDIMIENTO 04: ACCIDENTE DE TRABAJO/INCIDENTE, de su Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, define el accidente como “toda lesión corporal que sufra el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo, incluyendo todas las situaciones contempladas en el art. 156 del RDL 8/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social”. 

Y posteriormente define lesión comotodo daño o detrimento somático o psíquico causado violentamente, consecutivo a la acción de causas externas (mecánicas, físicas, químicas como la administración de sustancias tóxicas o nocivas, biológicas o psicológicas) o internas (esfuerzo)”. 

Quién protege a los agredidos?


Fuente: Diario de Sevilla; Diario Médico; Web Sindicato Médico de Sevilla