Bolsa ilega

El Cuerpo A4 y la bolsa ilegal del SAS. Repercusiones tras la sentencia del TSJA.

El Sindicato Médico Andaluz quiere informar a todos los facultativos pertenecientes al Cuerpo A4 de las repercusiones de la sentencia del TSJA sobre la ilegalidad de la Bolsa del SAS.

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Colectivos:

Nos tenemos que remontar al año 2.008. El Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias ha sido y es un colectivo continuamente maltratado por la Administración de la Junta de Andalucía. Se trata de un colectivo nada desdeñable de unos 900 funcionarios dentro del gran volumen del personal estatutario del SAS.

Dependemos orgánicamente de la Consejería de Salud, pero desarrollamos nuestro trabajo en el Servicio Andaluz de Salud. 

¿Qué ocurre con estos funcionarios? Pues que están cansados de ser «el patito feo» de la película, de llevar años y años en terreno de nadie, de que se acuerden de ellos solamente cuando hay problemas y de tener que solventar a diario los problemas de Seguridad Alimentaria, Seguridad Química, Sanidad Ambiental, Zoonosis, etc. y sin el más mínimo reconocimiento profesional por parte de nadie.

A partir de aquí, este colectivo está cada vez más irritado y ante cualquier situación acude a los tribunales, creando como la propia Administración reconoce, una altísima litigiosidad judicial. Por algo será.

¿Y todo este preámbulo para qué? Para indicar que aquí hay un único culpable y no son los profesionales del Cuerpo A4, sino la Administración que se empeña en sacar, una y otra vez, documentos, Resoluciones y Decretos que la mayoría de las veces no están consensuados con las Centrales Sindicales presentes en la Mesa Sectorial.

Así ocurrió con la normativa básica de este colectivo (Decreto 70/2008 de 26 de febrero) que, en contra del colectivo y de los Sindicatos presentes en Mesa Sectorial, se publicó y que todos impugnamos al estar en desacuerdo con él. De aquí arranca todo.

Después de varios años de continuas reclamaciones en los tribunales, nos situamos en el año 2.013, con la publicación de la Resolución de 30 de octubre de 2.013 por la que se convoca el proceso de selección de personal temporal del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias y se crean las «Áreas Específicas». Se puede tirar de hemeroteca y se podrá comprobar que el SMA se negó una y otra vez a la creación de estas Áreas Específicas por no estar contempladas en ningún sitio e ir en contra de la Ley de Ordenación de la Profesiones Sanitarias (Ley 44/2003) y que así recoge la Sentencia nº 267/2015 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 12 de Sevilla: «Es en este aspecto en el que se aprecia en gran medida el aspecto regulador de la disposición, al regular como se va a regir la bolsa de interinos. Apartándose de las normas generales «inventa» cinco áreas en las que, probablemente con infracción de la ley de ordenación de profesionales sanitarios……».

En el mismo sentido, la citada sentencia indica «corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía llevar acabo la citada regulación…».

¿Y quién realizaba entonces la regulación? Pues fue la Dirección General de Profesionales del SAS la que la dictó y, por tanto, la jueza de dicho Juzgado de Sevilla declaraba nula la Resolución de 30 de octubre de 2.013.

No contento con esto, el SAS recurrió, en apelación, la Sentencia de 29 de noviembre de 2.015 (Sentencia nº 267/2015) ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, Sala de lo Contencioso-Administrativo. ¿Y qué ocurrió? Pues que en fecha de 15 de junio de 2.016, el TSJA ratificó, en su totalidad, la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 12 de Sevilla, desestimando el Recurso de Apelación del SAS.

Han transcurrido casi 4 años y ahora nos encontramos con una serie de nombramientos de personal interino del Cuerpo A4 (Farmacéuticos y Veterinarios) realizados con esa bolsa ahora declarada ilegal, con los que la Dirección General de Profesionales no sabe a qué atenerse. Al parecer, la jueza del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 12 de Sevilla ha dictado un auto solicitando a la Administración que presente un listado de profesionales afectados, tanto de Farmacéuticos como de Veterinarios. Según nos ha informado la Administración, se podrían ver afectadas hasta 100 personas por esta sentencia, cada una de ellas con distintas situaciones y momentos de contratación. Todos los afectados serán llamados en «trámite de audiencia» por la justicia (desde el SMA recomendamos asistir), es decir, el juzgado llamará individualmente a todos los afectados para tomarles declaración y, a partir de ahí, determinará qué hacer y cómo ejecutar la Sentencia de 29 de septiembre de 2.015.

Desde el Sindicato Médico Andaluz seguiremos estando atentos a la evolución de los acontecimientos y continuaremos defendiendo los legítimos intereses de nuestros afiliados.            

Fdo. Vocalía Cuerpo A4 

Sindicato Médico Andaluz