Paga Extra

Recuperación de los últimos 45 días de la paga extra de diciembre del 2012.

Publicado en el Boja de ayer día 18 de enero, las instrucciones para la devolución del último tramo, correspondiente a 45 días, de la paga extra de diciembre del 2012. Se cobrará junto con la nómina de febrero

Categorias: Actualidad Andalucía, Normativa, Política y Gestión Sanitaria
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En el BOJA de ayer 18 de enero de 2018, viene publicada la Resolución de 15 de enero de 2018, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la disposición adicional novena de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018.

En dicha resolución se informa que se va a abonar, junto con la nómina del mes de febrero de este año, los últimos 45 días del total de los 183 días de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 que no percibimos.

Recordemos que ya hemos percibido en tres plazos, febrero y septiembre de 2016 y febrero de 2017, los primeros 138 días de esa extra. Por lo que este abono es el cuarto y último. 

Por ello, informamos de lo siguiente:

  1. Los que trabajaron todo o parte del segundo semestre del 2012 recibirán ahora un 24,6% (45 de 183 días) del importe efectivamente dejado de percibir en diciembre de 2012.

  2. Los que siguen en activos en el SAS en la actualidad no tienen que hacer ningún trámite. Eso sí, estar atento a la nómina de febrero.

  3. Los que trabajaron todo o parte del segundo semestre del 2012 y a 1 de febrero de 2018 no estén activos en el SAS por jubilación o cualquier otra causa, deben solicitar el abono en el modelo de impreso de solicitud adjunto.

Importante:  Como ocurrió en las ocasiones anteriores, solo el personal que no se encuentre en situación de servicio activo o asimilada, por jubilación o cualquier otra causa, a 1 de febrero de 2018 o que hubiera perdido la condición de empleado público, deberá dirigir petición al órgano de gestión de personal al que hubiera correspondido el abono de dichas pagas, según el modelo anexo a esta Resolución.