La exención de guardias a sanitarios mayores de 55 años, al Constitucional.
El Defensor del Pueblo a instancias del Sindicato Médico de Baleares recurre la ley de Presupuestos de Baleares para el 2017 que modifica el acuerdo de exención de guardias de los facultativos mayores de 55 años.
El Defensor del Pueblo ha decidido interponer un recurso de inconstitucionalidad contra una disposición de los presupuestos de Baleares sobre los módulos de guardia para mayores de 55 años. La institución considera que dicho precepto «es ajeno al contenido propio de este tipo de normas» (en este caso, la previsión de ingresos y habilitación de gastos para un año) y que además se vulnera el principio de seguridad jurídica proclamado en la Constitución.
El Defensor sigue así las tesis de Simebal, que pidió amparo a la institución, dado que no puede impugnar directamente ante los tribunales una norma con rango de ley como son los presupuestos autonómicos de 2017.
En su disposición adicional decimotercera, la norma de presupuestos reitera el derecho de los facultativos a renunciar a las guardias por razón de edad a partir de los 55 años, según el pacto de 1997 entre el Insalud, Cemsatse y CCOO. Sin embargo, en cuanto a los módulos de actividad complementaria, introduce un cambio: la solicitud de realización de dichos módulos «sólo será estimada cuando existan necesidades asistenciales que lo justifiquen, sin perjuicio del derecho a la exención de guardias».
La norma recurrida señala que estos módulos «en ningún caso son un derecho» y que su programación será anual. En caso afirmativo, este personal realizará un mínimo de un módulo y un máximo de tres cada mes, que serán de cuatro horas. Los cambios afectaban además a quienes los tuvieran reconocidos antes de la entrada en vigor de los presupuestos.
Cuando las barbas del vecino veas pelar…
Fuente: Diario Médico