TSJA Burnou

La sobrecarga asistencial, cerca de ser reconocida como accidente laboral.

Una sentencia del TSJA establece que una trabajadora padeció el síndrome del «trabajador quemado» en su jornada laboral. ¿Cuántos sanitarios con burnout tiene el SAS entre sus trabajadores? Puuuufff.

Categorias: Actualidad Andalucía, Legislación, Política y Gestión Sanitaria, Sentencias, Visto en Prensa
Colectivos:

Una sentencia ha marcado un precedente para los profesionales sanitarios con sobrecarga asistencial. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha considerado como accidente laboral el síndrome del denominado «trabajador quemado» o «burn out«.

Por sobrecarga asistencial se entiende el exceso de trabajo que acumulan los profesionales sanitarios, desde facultativos hasta Enfermería. Los sindicatos y los trabajadores han alegado que una de las razones por las que suele darse este caso se debe a la falta de personal, ya que esto repercute en el cúmulo de trabajo. 

El síndrome del «trabajador quemado» puede afectar a la salud del médico. Desde hace varios años, se han realizado distintas iniciativas para dar asistencia a los profesionales sanitarios que padecen trastornos psíquicos debido al síndrome del ‘burn out’. 

La sentencia del TSJA

La sentencia del TSJA de la Sala de lo Social ha establecido que este caso se considera como accidente laboral. El texto parte de que una trabajadora padeció este síndrome debido a una reestructuración de la empresa y la contratación de nuevo personal gerente y directivo. Una serie de cambios que provocaron que la empleada se sintiera “desplazada” al asumir nuevas funciones a pesar de que no constara ningún “mal comportamiento” por parte de la empresa hacia ella.

“La empleada presenta rasgos de personalidad anancástica, es decir, demasiado perfeccionista, pero solo por ello no cabe sin más excluir el nexo causal de la patología sufrida con el trabajo a los efectos de considerarla como enfermedad común en lugar de como accidente de trabajo”.

No es la primera vez que un Tribunal se pronuncia acerca de lo que supone “estar quemado” en el ámbito laboral, en este caso se ha determinado como accidente laboral este síndrome identificado con el agotamiento físico y mental

Fuente: Redacción Médica