Otro colectivo indignado y que demanda al SAS.
La Federación Española de Hemofilia, formaliza la demanda al SAS por el Acuerdo Marco de las Alternativas Terapéuticas Equivalentes, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía al considerar que pone en riesgo la salud de los pacientes.
La Federación Española de Hemofilia (Fedhemo) ha presentado formalmente una demanda contra el Sistema Andaluz de Salud (SAS) ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra el Acuerdo Marco de homologación para la selección de principios activos para determinadas indicaciones, conocido por incorporar lotes que incluyen Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATEs). Desde el SAS recuerdan que actualmente, este procedimiento sigue su curso. «Hasta el momento, los distintos pronunciamientos del Tribunal de Recursos Contractuales ante los recursos presentados han sido favorables al SAS», confirman a ConSalud.es.
Según esta federación, los pacientes de Andalucía verían disminuida la posibilidad de acceder a todos los productos disponibles, «debido a que no todos son iguales entre sí, existiendo diferencias significativas en su composición (son biológicos y por lo tanto no sustituibles ni intercambiables), aspecto que sin duda afectaría a la equidad y a la unidad de las prestación farmacéutica», dice el presidente de Fedhemo, Daniel-Aníbal García Diego.
El Sistema Andaluz de Salud pretende, como se explica en un comunicado Fedhemo, suministrar los medicamentos relacionados en un anexo para cubrir las necesidades de los centros sanitarios para un plazo de dos años, siguiendo especificaciones técnicas y administrativas. Asimismo, añaden, «este contrato afectará a 22 patologías que se agrupan en lotes, siendo el número 4 el del Factor VIII que se utiliza para el tratamiento de la hemofilia A».
Por su parte, tal y como han confirmado desde la Consejería de Salud de Andalucía a ConSalud.es, «en relación a la información publicada por Fedhemo, hay que aclarar, en primer lugar que el lote número 4 al que se refiere ha quedado desierto. Por tanto, están recurriendo un procedimiento que no va a tener efecto ni ninguna modificación respecto a la situación actual, puesto que el lote número 4 no ha sido adjudicado».
En el caso de la hemofilia ha sido puesto de manifiesto en infinidad de estudios científicos que el desarrollo de inhibidores (aloanticuerpos) contra el Factor VIII es la principal complicación actual del tratamiento. Como consecuencia, los cambios entre los diversos factores VIII representan un factor de riesgo para el desarrollo del mismo. De este modo, desde Fedhemo aclaran que «es imprescindible que cualquier declaración de equivalencia terapéutica entre medicamentos esté basada y sustentada en la evidencia científico-técnica proporcionada por los correspondientes estudios clínicos y controlados por una autoridad independiente y especializada».
La posición de un fármaco respecto a sus alternativas terapéuticas debe poseer una base científica, la cuál «es inexistente en el Acuerdo Marco antes referido, y además debe llevarse a cabo por la Agencia Española de Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps), quien asimismo ha declarado que los medicamentos con principio activo octocog alfa y moroctocog alfa que cumplen con los requisitos de generación han sido declarados como no sustituibles. Sin embargo, desde el SAS afirman que «en cuanto al procedimiento de selección de principios activos terapéuticos, hay que recordar que se basa en la evidencia científica disponible y consensos profesionales».
«Como es fácilmente comprensible, la adjudicación del lote en un único proveedor, y por lo tanto, en un único medicamento a pesar de las diferencias técnicas existentes entre cada uno de ellos, supone una clara vulneración del principio de equidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS), además de poner en riesgo la salud de los pacientes con hemofilia al exponerles ante un factor de riesgo de desarrollo de aloanticuerpos, tal y como hemos reflejado anteriormente», subraya .
La postura del Servicio Andaluz de Salud indica, sin embargo, que «este sistema de selección de medicamentos no supondrá limitación o traba a la libertad de prescripción de los facultativos. De hecho, en Andalucía, el médico siempre ha podido prescribir un fármaco que no haya sido seleccionado en los acuerdo marco que se vienen realizando desde ya varios años. Tampoco será de aplicación directa para los pacientes que ya tengan un tratamiento activo, siempre y cuando el facultativo que prescribe no considere necesario el cambio en el mismo».
Fuente: ConSalud.es