Reanudación de cómputo de los plazos de los procedimientos Carrera/Desarrollo profesional.
A raíz de la publicación en el BOE de la reanudación de los plazos que hubieran sido suspendidos a partir del 1 de junio, el cómputo de los plazos de los procedimientos de Carrera/Desarrollo Profesional serán los siguientes:
En el Boletín Oficial del Estado núm. 145 de 23 de mayo de 2020, se publica Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma, en cuya disposición décima se dispone que con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Así mismo también establece que desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Así pues de acuerdo con dicha disposición y en orden a garantizar los derechos e intereses de las personas participantes en distintos procedimientos de Carrera Profesional conforme se estableció en la Resolución de 23 de abril de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, de aclaraciones de carácter temporal en relación con las solicitudes en procedimientos de Carrera/Desarrollo Profesional, con ocasión de la declaración de estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 (BOJA núm.87 de 8 de mayo de 2020), el cómputo de los plazos de los procedimientos de Carrera/Desarrollo Profesional serán los siguientes:
Se publicaron los listados provisionales el día 11 de marzo. Comenzó el cómputo de las alegaciones el día 12 de marzo, quedando interrumpido por la suspensión el día 14 de marzo. Por lo tanto, se reanuda el computo el día 1 de junio y finalizará el plazo de alegaciones el día 10 de junio de 2020.
Su plazo hubiera finalizado el día 30 de abril. Se suspendió el 14 de marzo, por lo que su finalización tendrá lugar el día 17 de julio de 2020.
Su plazo se hubiera iniciado el día 1 de mayo y finalizado el 31 de octubre. Al estar afectado por la suspensión de los plazos, éste comenzará a computar desde el día 1 de junio y finalizará al día 30 de noviembre de 2020.
* Nota: Aquellas personas que durante la suspensión de plazos administrativos establecidos por la declaración del estado de alarma hayan presentado alegaciones al segundo proceso permanente de 2019, solicitudes del abono transitorio de 18 meses de Carrera profesional o solicitudes de participación en el primer o segundo proceso permanente de 2020 a través de la VEC (Ventanilla electrónica del profesional) así como solicitudes de homologación de Carrera Profesional o de equiparación de profesionales vinculados, se considerarán válidas a todos sus efectos al objeto de evitar perjuicios a sus derechos e intereses, en base a su propia conformidad puesta de manifiesto con dicho registro, sin necesidad de volverlas a presentar.
Aquí puedes consultar la Resolución en el BOJA:
Fuente: SAS