Publicado en el BOJA una resolución con instrucciones sobre la documentación a presentar en caso de IT o ausencia por enfermedad sin IT
Se ha publicado en el BOJA de hoy día 16 de Mayo, una resolución con instrucciones sobre la documentación a presentar en caso de incapacidad temporal y retribuciones por las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
Resolución de 11 de mayo de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dictan instrucciones relativas a la aplicación de la Resolución de 29 de octubre de 2015, de la Secretaría General para la Administración Pública, sobre complementos para la situación de incapacidad temporal y retribuciones para las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
En ella se especifican entre otras cosas:
Solicitud y documentación justificativa.
1. Las solicitudes de aplicación del Complemento para las situaciones de incapacidad temporal recogidas en los distintos apartados deberán presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde que se produzca la circunstancia:
– Directamente ante la Unidad de Personal , que podrá consultar con el Servicio o Unidad de Vigilancia de la Salud del centro o la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, la interpretación de la documentación presentada.
– A través del Servicio o Unidad de Vigilancia de la Salud del centro.
2. Ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.
La justificación de los días de ausencias motivadas por enfermedad o accidente que no den lugar a declaración de incapacidad temporal, se realizará conforme al procedimiento establecido en la Resolución 480/2013, de 23 de septiembre, de la Dirección General de Profesionales.