paga extra

Recuperamos otra cuarta parte de la paga extra de 2012

Hoy se ha publicado en el BOJA una resolución en la que se dan instrucciones para el pago de otros 48 días correspondientes a la paga extra de 2012

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En el Boja de hoy se publica la Resolución de 21 de julio de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 21 de junio de 2016, sobre recuperación de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.

Como ocurrió en el mes de Febrero cuando cobramos el primer plazo (44 días), solo el personal que no se encuentre en situación de servicio activo o asimilada, por jubilación o cualquier otra causa, a 1 de septiembre de 2016, o que hubiera perdido la condición de empleado público, deberá dirigir petición al órgano de gestión de personal al que hubiera correspondido el abono de dichas pagas, según el modelo anexo a esta Resolución.

El resto del personal, esdecir todos aquellos que continúen en activo, no tienen que presentar ningún tipo de petición

Aquí os dejamos el enlace a la resolución donde encontraréis también los anexos para presentar (en caso de no estar en activo)