TC 35h

El Constitucional ‘tumba’ la jornada de 35 horas en Castilla-La Mancha. ¿Y ahora qué, Susana?

El TC ha declarado inconstitucional la recuperación de la jornada de 35 horas aprobada en su día por Castilla-La Mancha. El TC decreta que la norma autonómica es «incompatible» con la ley presupuestaria nacional de 2012 e invade las competencias centrales

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra la ley de Castilla-La Mancha que recuperó la jornada de 35 horas semanales para todos los funcionarios autonómicos, incluidos los profesionales del Servicio de Salud (Sescam). El TC declara inconstitucional la norma autonómica porque es «incompatible» con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, que fijó la jornada en 37,5 horas.

La sentencia del TC recuerda que el ejercicio por parte de las comunidades de sus competencias exclusivas «no puede desconocer las normas que el Estado haya podido aprobar en virtud de los títulos competenciales estatales», y, en este caso, el Estado «tiene la competencia para establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios y para aprobar la legislación laboral«, y ambas amparan la aprobación de la jornada de 37,5 horas.

Castilla-La Mancha fue la primera autonomía en recuperar la jornada de 35 horas, con la oposición del Gobierno central, una decisión que fue seguida por el País Vasco. La Administración central presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión castellanomanchega y el TC lo admitió a trámite decretando la suspensión cautelar de la medida.

Nunca una jornada inferior

Tras analizar la ley presupuestaria nacional de 2012 y la norma autonómica de Castilla-La Mancha, el Pleno del TC concluye que la norma estatal «admite una norma autonómica que iguale o amplíe la duración de las jornadas laborales y también que señale los criterios de organización y distribución del tiempo de trabajo que se establezcan». Sin embargo, resulta «incompatible» con la ley estatal una disposición autonómica «que determine una duración inferior de la jornada de trabajo». Es decir, en ningún caso se podía pasar de las 37,5 horas decretadas por el Gobierno central a las 35 horas que recuperó Castilla-La Mancha.

Fuente: Diario Médico