El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (4 de enero) tras la publicación de esta resolución en el BOJA.
Los profesionales podrán formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación en la web, bajo la forma y requisitos en la Resolución establecidos.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (2 de enero) tras la publicación de esta resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (21 de noviembre) tras la publicación de esta resolución en el BOJA.
El plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (15 de noviembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (14 de noviembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (13 de noviembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil (13 de noviembre) siguiente al de publicación de la resolución en el BOJA.