Concurso de Traslados 2019. Publicado en el Boja la resolución definitiva del Cuerpo A4, especialidades Farmacia y Veterinaria y de Médico de Admisión.
Publicado en el Boja de hoy 17 de febrero, la resolución definitiva con la adjudicación del concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo A4, esp. Farmacia y Veterinaria y de Médico de Admisión. Fechas previstas tomas de posesión.
Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración del concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Farmacia, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración del concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Veterinaria, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Médico/a de Admisión y Documentación Clínica, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
Estas Resoluciones RESUELVEN:
Primero. Aprobar, a propuesta de las correspondientes Comisiones de Valoración, la resolución definitiva del concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la siguiente categoría y especialidad:
– Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidad de Farmacia
– Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidad de Veterinaria
– Médico de Admisión y Documentacion Clínica
Estas resoluciones adjudican definitivamente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida.
Segundo. Publicar como Anexo I de cada resolución, las listas definitivas de las personas concursantes que obtienen destino, con indicación de la puntuación otorgada por la Comisión de Valoración, así como de la plaza definitivamente adjudicada, y con indicación de no haber sido baremado/a si no ha sido relevante para la adjudicación de dichos destinos.
Tercero. Publicar como Anexo II de cada resolución, las listas definitivas de las personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de la causa de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de no haber sido baremado/a en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta.
Cuarto. Publicar como Anexo III de cada resolución, la relación de causas de exclusión.
Quinto. Conforme a lo establecido en la base 7.1 de la convocatoria, los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación de destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión del mismo.
Sexto. Conforme a lo establecido en la base 7.2 u 8.1 de las convocatorias, las personas adjudicatarias deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñan dentro de tres días hábiles siguientes al día establecido en la resolución de esta Dirección General de Personal, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por la que se reanudará el cómputo de los plazos suspendidos de cese y toma de posesión en virtud del artículo 14 de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2 (BOJA extraordinario núm. 81, de 23 de noviembre), iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas si no se encuentran suspendidos los plazos de cese y toma de posesión en virtud de la citada Orden de 23 de noviembre de 2020, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Para el Cuerpo A4:
Séptimo. Conforme a lo establecido en la base 8.3 de la convocatoria, la toma de posesión del nuevo puesto de trabajo deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si no comporta cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o se trata de reingreso al servicio activo. El cambio de residencia tendrá que ser acreditado fehacientemente por el funcionario. De conformidad con lo dispuesto en la base 8.4 de la convocatoria, la toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo en cuyo caso serán desde la incorporación efectiva al puesto de trabajo.
Octavo. De conformidad con lo establecido en la base 8.5 de la convocatoria, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde motivadamente suspender el disfrute de los mismos. Esta regla no será de aplicación a los supuestos de permiso por parto o maternidad, paternidad y adopción o acogimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Noveno. De conformidad con lo establecido en la base 8.6 de la convocatoria, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria por interés particular o excedencia por cuidado de familiares una vez transcurridos los dos primeros años, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo al puesto de trabajo de destino.
Para Médico de Admisión y Documentación Clínica:
Séptimo. Conforme a lo establecido en las citadas bases 7.2 u 8.1 de las convocatorias, la toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; en el plazo de diez días hábiles, si son de distinta Área de Salud; o en el plazo de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino o supone el reingreso al servicio activo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Calendario previsto para las distintas tomas de posesión. Puedes consultarlo aquí.