En Andalucía hasta los facultativos en formación cobran menos que en el resto de España.
A pesar de que las retribuciones de los facultativos al servicio del SNS (incluidos los facultativos en formación) vienen fijadas por el gobierno central y publicadas en los PGE, en Andalucía los facultativos residentes cobran menos.
Aunque la cuantía económica de diferencia no es importante, el hecho de que nuestros residentes tengan un sueldo base inferior a los residentes de otras comunidades, constituye un hecho lamentable que viene a reiterar el escaso interés de nuestra Consejería de Salud en el cuidado y respeto de sus facultativos.
No es razonable que un colectivo con unas retribuciones ya de por sí escasas, vean mermados aún más sus emolumentos por una decisión incomprensible del SAS que, según nuestro criterio, no tiene base jurídica alguna y constituye por tanto una vulneración de una norma estatal de obligado cumplimiento.
El Sindicato Médico Andaluz (SMA) lleva meses insistiendo en este hecho y pidiendo al SAS que lo rectifique sin que hayamos recibido ninguna explicación oficial al respecto. Ya el pasado año intentamos que se rectificara sin que nuestras peticiones fueran oídas. No es la única irregularidad que, a nuestro juicio, refleja la nueva resolución de retribuciones, el texto mantiene incongruencias que se mantienen desde hace años y añade errores nuevos. La productividad por asunción de cupo o el precio de las guardias son algunos ejemplos más de incongruencias y errores en la resolución.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 fijó en 13.780,08 € el sueldo anual para los empleados públicos del grupo A1 (1.148,34 €/mes), esta cantidad se vió incrementada en un 2.5 % en el mes de julio por el aumento del PIB 2017, lo que supone que a partir de este mes los empleados del grupo A1 pasaban a cobrar 1151,17 €/mes.
En esta ley, concretamente en el punto 11 del artículo 18 (Título 3, Capítulo 1) se dice: “Este artículo tiene carácter básico y se dicta al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución. Además, el apartado Tres se dicta en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del EBEP”.
Este texto deja claro que el sueldo de los empleados públicos viene fijado por el Gobierno Central a través de los PGE y esto constituye norma básica, es decir no puede ser modificado por normativas autonómicas.
Los Facultativos en formación pertenecen al grupo A1 y por tanto el sueldo que les correspondería es de 1151,17 €, sin embargo la Junta de Andalucía mantiene una remuneración de 1.145,10 €.
No es admisible que el SAS y la Consejería de Salud hagan una interpretación libre de la legislación, contraviniendo una norma básica y mucho menos cuando el resultado es una merma en la nómina de estos facultativos en formación. Esta “libre interpretación” de la ley le supone al SAS un ahorro de casi 300.000 €/año que sale de los bolsillos de sus facultativos residentes.
En fin, como es habitual, el SAS pretende “hacer caja” a costa de los profesionales y nuestros intentos de que esta situación se solucione han sido en vano. Queremos dejar claro que esta cuestión ha sido planteada al SAS en varias ocasiones y que hemos dirigido escritos que no han sido respondidos, solo nos queda hacer un llamamiento a todos los MIR para que reclamen estas cantidades vía administrativa o judicial. Será el SAS quien con su habitual incompetencia haga gastar el dinero público encostas judiciales.
Comité Ejecutivo SMA