Aseguradora

España tiene 3 modelos para asegurar a sus médicos, ¿cuál aplica cada CCAA?

Las comunidades cuentan con hasta tres modelos diferentes de relación con las aseguradoras para cubrir esta praxis. AIG puede solucionar el difícil problema del aseguramiento del SAS con nuevas condiciones.

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No todas las administraciones autonómicas gestionan de la misma forma la responsabilidad civil profesional (RCP) en sanidad. Los servicios de salud suelen elegir entre tres modelos diferentes de relación con las aseguradoras para cubrir la praxis de su personal sanitario público, tal y como aseguran fuentes del sector a Redacción Médica.

El más extendido por la geografía española es el denominado ‘tradicional’, o lo que es lo mismo, un tipo de aseguramiento en el que la compañía cubre todo (tanto civil como penal) y la comunidad autónoma, por tanto, no se tiene que preocupar de ejercer como ‘barrera’ ante una negligencia médica.

Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Navarra, La Rioja, Castilla y León, Aragón, Cataluña, Baleares, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y Madrid son las 14 regiones adheridas a este modelo. En este caso, los expertos aseguran que “contratar un seguro integral da tranquilidad al profesional y esa tranquilidad la va a trasladar a la asistencia sanitaria que realice”.

Solo Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana se adhieren al ‘alternativo’

Pero también existe uno ‘alternativo’, es decir, uno en el que comunidad autónoma y aseguradora negocian qué campos (penal, civil, agresiones…) se encarga de cubrir una y otra. En el caso de que la compañía no asegure todos los actos médicos, la Administración regional responde, llegado el caso, de forma subsidiaria ante el empleado público. Este modelo existe, señalan estas fuentes, porque o bien las consejerías no encuentran compañías en el mercado que aseguren sus características o porque es muy caro y arriesgado hacerlo y ninguna se atreve.

Solo Comunidad Valenciana, Andalucía y Murcia se encuentran dentro de este grupo. En el caso de la primera, la consejería que encabeza Carmen Montón solo cubre la responsabilidad penal del médico, mientras que la civil la asume estas entidades empresariales. Por su parte, Andalucía (la última en cerrar la contratación de este tipo de aseguramiento con la estadounidense AIG) cubre la rama civil y penal de sus empleados públicos; mientras que Murcia solo la penal y las agresiones.

Canarias, por su parte, es el único ‘verso suelto’ en este mapa. Desde siempre, este servicio de salud opta por subvencionar las pólizas que los sanitarios suscriben a través de los colegios profesionales. Según estas mismas fuentes, el modelo que tiene las islas “es el peor” para el médico porque “no sabe jamás cuánto va a pagar la Administración” por cubrir este tipo de situaciones.

¿Qué pasa si la comunidad no tiene seguro?

Carlos Léon, director jurídico en el despacho DS Legal Group, reconoce el peligro al que se exponen muchos profesionales en aquellas comunidades que carecen de seguro de responsabilidad. “Existen casos en el que las comunidades autónomas han sacado a concurso la adquisición de un seguro y ha quedado desierto, porque ya no es rentable para las aseguradoras”. León se refiere a las altas cantidades económicas que las mutuas deben de pagar en caso de que un profesional sanitario sea condenado.

El abogado recomienda siempre a los profesionales sanitarios que antes de tocar a un paciente “se aseguren que tipo de seguro tiene su comunidad, porque este no siempre cubre todos los costes judiciales del proceso o existe una bolsa máxima de responsabilidad económica, que en muchos casos llega agotarse antes de finalizar el año”. De este modo, se constata que las pólizas de seguro cada vez son más limitadas por ello “el médico siempre debería de tener contratado una póliza personal que le cubra en el caso de tener algún problema”.

León está siendo testigo directo de muchos casos de médicos que han ido solos a juicio porque su comunidad carecía de un seguro. En particular se refiere a las denuncias por la vía penal, cuenta León, como se están produciendo en Valencia, donde varios profesionales fueron denunciados en el momento en el que dicha comunidad no tenía una póliza contratada. Ahora, son estos profesionales los encargados de pagar de su propio bolsillo el pago del procedimiento judicial, así como abogados, informes periciales, etc.

En el caso de ser condenados, el sanitario debe responder con su patrimonio a la condena. En el caso de que no pueda asumir la multa, la Administración responde de forma subsidiaria. Con una póliza autonómica esto no sucedería. 

Diario Médico: 

Como adelantó la semana pasada diariomedico.com, la aseguradora estadounidense AIG está a punto de hacerse con la póliza de responsabilidad del Servicio Andaluz de Salud (SAS). Si finalmente lo consigue, pues está en la fase de requerimiento de documentación, habrá logrado solucionar el díficil problema del aseguramiento público del SAS.

Y es que en el mes de octubre del año pasado quedó desierta la convocatoria porque ninguna compañía se presentó para asegurar la responsabilidad sanitaria del SAS. Esta situación hizo que saltaran las alarmas. Todavía había tiempo porque la póliza de Zurich vencía en diciembre.

Fuentes del sector explican a DM que la entidad gestora se replanteó nuevas condiciones para intentar atraer a las aseguradoras a un mercado lleno de incertidumbres. En este contexto apareció la americana AIG para ofertar la cobertura pública del sistema sanitario más grande de España en infraestructuras, profesionales y atención a pacientes.

Según ha podido saber este periódico, el precio de la licitación ha sido de 6.800.000 euros. Los pliegos establecen que la duración del contrato es de un año prorrogable hasta cuatro. Los límites de indemnización por siniestro/víctima ascienden hasta un máximo de tres millones de euros. En cambio, los límites de indemnización por anualidad es de 20 millones de euros.

Franquicia

Los pliegos introducen un concepto nuevo como es la franquicia, que no la tenía Zurich, con un máximo de 30.000 euros por siniestro. Ahora bien, nada impide que esta cifra haya sido mejorada por la propuesta final de AIG que no se conoce, resaltan las citadas fuentes. La incorporación de la franquicia es un fiel reflejo de que el mercado se ha endurecido con la retirada de operadores y la subida de las primas.

Otra cuestión importante, a diferencia del seguro del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), es que en los pliegos no se contempla la solución extrajudicial de los conflictos sanitarios. La aseguradora del Sermas, la francesa Sham, sí incluye un servicio de coordinación de conflictos (ver pág. 2). Ahora bien, la metodología de AIG no impide que se materialicen los acuerdos convencionales entre las partes que recoge la ley administrativa.

Fuente: Redacción Médica