La discriminación salarial de los complementos de productividad fija.
Tanto el nuevo complemento equiparable a la “exclusividad” como los complementos existentes en Atención Primaria, (TAE, Factores C y H, dispersión geográfica), no son abonados en las pagas extra ni en caso de I.T.
Desde hace años el SMA viene denunciando la discriminación que supone el hecho de que determinados complementos salariales, que son una cantidad fija incluida en la nómina mensual, no sean abonados en las pagas adicionales (parte autonómica de las pagas extra) o en los casos de Incapacidad Transitoria.
Hasta hace poco, esta circunstancia solo se daba con algunos conceptos aplicables a la Atención Primaria, pero desde el 2020 hay que añadir a esta lista el caso del factor de productividad fijo que se crea para evitar discriminaciones salariales entre facultativos con igual jornada y responsabilidad (es decir para que los no exclusivos tengan el mismo salario que los exclusivos).
El argumento que la administración andaluza ofrece es que tanto en el caso de I.T. como en las pagas adicionales no se abonan retribuciones variables y considera asimismo que todo complemento de productividad es una retribución variable y, por ende, no susceptibles de ser incluidos en las nóminas de I.T. o paga adicional.
Resulta curioso y contradictorio que complementos que la propia administración califica como fijos en las resoluciones de retribuciones, sean considerados posteriormente como retribuciones variables y en base a esta interpretación dejen de abonarse en las circunstancias mencionadas.
Nuestra postura al respecto es clara: No es aceptable que ningún Médico de Familia o Pediatra de A.P. vean mermadas sus nóminas en determinadas situaciones al no percibir los complementos habituales y tampoco es aceptable que un facultativo “no exclusivo” deje de cobrar su complemento fijo en las circunstancias descritas.
Hemos de reconocer, no obstante, que la creación de complemento de productividad fija para “no exclusivos” ha supuesto un enorme avance en el camino hacia la equiparación y nos alegramos por ello, pero la equiparación retributiva entre los facultativos del SAS que evite situaciones discriminatorias, así como la equiparación con las retribuciones medias del resto de comunidades autónomas requieren otras medidas tan necesarias como las ya puestas en marcha.
No olvidemos que todos los facultativos que trabajan en las Agencias Públicas Sanitarias siguen sin el aumento el la retribución de la hora de guardia que están cobrando los facultativos del SAS.
La igualdad en los salarios debe hacerse extensiva a las situaciones de I.T. y a las pagas adicionales, si no es así podremos hablar de mejoras pero nunca de equiparación.