La falta de determinación del SAS profundiza el caos de las urgencias extrahospitalarias de Andalucía

La situación caótica de las urgencias extrahospitalarias en Andalucía viene de lejos. El SAS abordó la mejora de este sector en 1995 con la creación de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES-061). Paralelamente, en 1994 creó el Servicios de Cuidados Crítico y Urgencias (SCCU)…

Categorias: Actualidad Andalucía, Opinión SMA, Política y Gestión Sanitaria
Colectivos:

La situación caótica de las urgencias extrahospitalarias en Andalucía viene de lejos. El SAS abordó la mejora de este sector en 1995 con la creación de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES-061). Paralelamente, en 1994 creó el Servicios de Cuidados Crítico y Urgencias (SCCU) en el ámbito hospitalario, y en 1997 el Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias (DCCU) en Atención Primaria. Surgieron así tres entidades distintas, una de ellas no integrada en el SAS, para la atención de las urgencias y emergencias en Andalucía. 

En 2007, en un acuerdo que el SMA se negó a firmar por su carácter lesivo para los facultativos, el SAS crea la figura del Dispositivo de Apoyo (DA), cuyos médicos soportan unas condiciones laborales absolutamente intolerables. Entre otras, se les asigna la función de prestar la asistencia de urgencias y emergencias en Atención Primaria junto con los DCCU, unas plazas que son declaradas a extinguir.

La confusión reina desde entonces en este ámbito. En un intento de poner orden, en 2018 se crean los Servicios de Urgencias Atención Primaria (SUAP), que vendrían a sustituir a los anteriores DCCU y en los que estarían integrados los denominados UCCU (Unidades de Cuidados Críticos y Urgencias), puntos fijos para la atención urgente en los horarios en los que el centro de salud está cerrado, y los Equipos móviles (EM), dotados de ambulancias para la asistencia fuera del centro. Estas unidades coexisten con el 061, que asume además el Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias (CCUE). 

En la práctica, sin embargo, la distinción entre unidades es muy relativa. Así, por ejemplo, los profesionales de las UCCU deben cubrir las urgencias a domicilio cuando los EM o el 061 no estén disponibles. Estos puestos, además, son cubiertos tanto por los DCCU o los DA, como por médicos EBAP, que también atienden urgencias y emergencias en el horario de apertura de los centros de salud, y que también realizan asistencias en ambulancia durante las guardias.

En definitiva, actualmente las urgencias y emergencias extrahospitalarias en Andalucía son atendidas por: 1. El 061, una agencia recientemente integrada en el SAS cuyos trabajadores siguen por ahora regidos por un convenio propio y tienen condiciones laborales y retribuciones específicas; 2. Los SUAP, cubiertos en su mayoría por médicos del DA y en un porcentaje menor por médicos de los antiguos DCCU; 3. Los médicos EBAP, que atienden urgencias y emergencias tanto en su jornada ordinaria como fuera de ella en régimen de jornada complementaria, tanto en los propios centros como fuera de ellos.

De los tres colectivos, los DA soportan sin duda las peores condiciones de trabajo. Cubren la asistencia urgente las 24 horas del día, todos los días del año, pero lo hacen en régimen de jornada ordinaria y sin percibir ningún complemento de turnicidad, nocturnidad o festividad. Carecen de compensaciones en concepto de saliente de guardia y tienen dificultad para que se les conceda los días de libre disposición. En ocasiones realizan jornadas complementarias, pero la ausencia de regulación a nivel autonómico deja esta actividad a la arbitrariedad de los directores de Distrito. Por si esto fuera poco, conocen sus cuadrantes de trabajo con una antelación mínima, lo que dificulta enormemente la conciliación de la vida personal y profesional. Esta situación está provocando una grave crisis de los SUAP, cuyas plantillas médicas cada vez resulta más difícil cubrir. 

De cara al futuro inmediato, la integración del 061 en el SAS obligará a equiparar al alza las retribuciones y condiciones laborales de todos los médicos que realicen las mismas funciones. De hecho, todos ellos deberían ser integrados en la misma categoría que ha de crearse para los médicos del 061. Con todo, incluso si el SAS soluciona esta cuestión, aún quedará pendiente abordar la retribución adecuada a todos aquellos facultativos que, sin realizar exactamente las mismas funciones que el 061 o sus equivalentes en el SAS, llevan a cabo atención urgente en puntos fijos (UCCU) o en Equipos Móviles tanto durante su jornada ordinaria como en jornada complementaria. 

La atención urgente y emergente extrahospitalaria en Andalucía vive una situación caótica y precaria, lo que está deteriorando gravemente la asistencia sanitaria a la población. El SAS debe abordar de manera urgente esta cuestión en términos racionales y justos, y acabar de manera definitiva con este foco de disfunción y maltrato a los médicos en un área vital para el correcto funcionamiento del sistema sanitario público. 

Comité Ejecutivo del SMA