Listas provisionales de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Médico/a de Familia en Centros de Transfusión, Tejidos y Células
Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles (del 25 de octubre al 15 de noviembre) Las alegaciones deberán presentarse a través de la VEC.
Aprobadas, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas provisionales de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de acceso libre de Médico/a de Familia en Centros de Transfusión, Tejidos y Células.
Las citadas listas se publican por orden de puntuación, y las mismas indican la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, la puntuación total obtenida en la fase de concurso, la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición.
Las citadas listas provisionales se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/), a partir del mismo día de publicación de la presente resoluciónen el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones contra la misma, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (del 25 de octubre al 15 de noviembre)
Las alegaciones deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme lo establecido en la base general 9.1, cuyo registro haya sido rechazado por el Tribunal de Selección por dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo.
La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados. Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).