Normas DGP

Normas organizativas para reducir la probabilidad de transmisión del virus entre los profesionales.

Desde la Dirección General de Personal, nos hacen llegar una nota informativa sobre las normas organizativas para reducir la probabilidad de transmisión del coronavirus entre los profesionales.

Categorias: Actualidad Andalucía, Normativa, Política y Gestión Sanitaria
Colectivos:

NOTA INFORMATIVA: NORMAS ORGANIZATIVAS PARA REDUCIR LA PROBABILIDAD DE TRANSMISIÓN DEL VIRUS ENTRE PROFESIONALES.

Ante la recomendación formulada por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en relación con la actuación frente a casos del coronavirus COVID-19 y, concretamente, respecto a la asistencia de profesionales sanitarios a reuniones, congresos, talleres, etc., se han determinado las siguientes indicaciones:

  • Se ha acordado restringir los permisos de asistencia a estos eventos hasta mejoría de la situación actual, para favorecer la contención de posibles contagios.

  • Igualmente se suspenden todas las acciones formativas presenciales organizadas en los propios centros sanitarios.

  • Se suspenden las actividades docentes relativas a prácticas pre-grado o de otro tipo.

  • Estas medidas serán aplicadas desde el día 3 de marzo de 2020, quedando anulados todos los permisos relativos a la asistencia a acciones formativas autorizados a partir de esta fecha.

  • En el momento que se normalice la situación epidemiológica se notificará el inicio de los distintos procedimientos relacionados con la participación en acciones formativas presenciales.

Todo lo que sean reuniones internas que no supongan afluencia de personas no habituales al centro sanitario se pueden mantener, por otro lado, eventos que conlleven asistencia de personal que no trabaje en el centro sanitario deben aplazarse.

Las reuniones de formación de residentes que se entiendan como imprescindibles y no se puedan mantener por metodología no presencial se han de realizar fuera de los centros sanitarios. Todo lo que suponga incrementar la circulación, no imprescindible, de personas dentro de los centros sanitarios incrementa el riesgo de contagio.

El resto de los permisos y licencias que no están relacionadas con la Formación Continuada no se ven afectadas por estas indicaciones.

En ámbito no sanitario, o sea, fuera de nuestros centros asistenciales, las directrices las marca el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social por lo que quedamos supeditados a sus recomendaciones.

El OBJETIVO de estas medidas es proteger al personal sanitario y a los pacientes ingresados o ambulatorios, así como a sus acompañantes.

El ámbito de aplicación incluye a todos los trabajadores involucrados en trabajos de asistencia sanitaria (comprendidos los desarrollados en aislamiento, traslados, labores de limpieza, eliminación de residuos, etc.). Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las organizaciones evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.

Cualquier medida de protección y prevención hacia el trabajador, haciendo hincapié en la importancia de la higiene de manos, debe garantizar su seguridad frente a aquellos riesgos para la salud o la seguridad que no puedan evitarse o limitarse suficientemente mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas de organización del trabajo. La información y la formación son fundamentales en la protección de las personas en contacto con casos en investigación o confirmados y en aquellos que presentan riesgo de exposición al virus. Hay que tener presente que la dimensión de la protección va más allá del trabajador e incluye al resto de las personas susceptibles de contacto directo o indirecto con el paciente.

En cuanto al estudio de profesionales expuestos a posible contagio por casos confirmados de coronavirus, se seguirán en cada momento los protocolos vigentes emitidos por el Ministerio de Sanidad.   

Dirección General de Personal del SAS

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