Nota informativa sobre el Real Decreto-Ley 29/2020.
La aplicación de las medidas contempladas en este decreto corresponde a las comunidades autónomas y este escenario plantea grandes dudas que hemos pretendido aclarar.
Tras la reunión mantenida en el día de ayer (8 de octubre de 2020) con la Administración sanitaria andaluza en relación con la aplicación del Real Decreto Ley 29/2020 de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, el Sindicato Médico Andaluz quiere comunicar lo siguiente:
La Administración nos ha transmitido que en Andalucía hasta ahora la actividad sanitaria y las competencias profesionales y adscripciones laborales se han desarrollado de manera satisfactoria y que por tanto no ven en principio necesario ni conveniente poner en marcha las medidas contenidas en este Real Decreto.
En particular, no se contempla que el personal de enfermería realice funciones de facultativos ni viceversa y se compromete a respetar las funciones de cada categoría.
La Administración nos ha manifestado su intención de que cualquier medida que afecte a la movilidad y ámbito de trabajo de los profesionales solo sería llevada cabo con la voluntariedad expresa de los afectados, que serán incentivados antes que obligados.
Igualmente, la contratación de facultativos extracomunitarios o licenciados sin título de especialista solo se contempla para situaciones excepcionales y transitorias ante la falta de profesionales con la titulación requerida.
En todo caso, y si la situación llegase a ser crítica, la aplicación de cualquiera de las medidas que pudieran estar amparadas por el Decreto Ley, sería previamente negociada con las organizaciones sindicales en el seno de la mesa sectorial.
A la vista de esta información el SMA mantiene su rechazo a este Real Decreto Ley y en el ámbito autonómico se mantendrá expectante para que su aplicación en Andalucía (caso de ser necesaria ante una situación de extrema gravedad) se realice en los términos que la administración nos ha comunicado.
Comité Ejecutivo SMA