CESM y SMA respaldan a las instituciones que recurran la invasión de competencias por la dispensación enfermera

La Confederación CESM y el SMA quieren dejar claro que se verán obligados a denunciar, y así lo harán, a cualquier profesional, independientemente de la categoría a la que pertenezca, que realice actividades propias del médico.

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Madrid, 16 de septiembre de 2024; la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz quieren manifestar su total rechazo a las últimas declaraciones de la organización colegial enfermera y mostrar su apoyo a las organizaciones del Foro de la Profesión Médica que impugnen o recurran toda invasión de competencias médicas en lo que a la llamada dispensación enfermera se refiere.

En concreto, la Confederación alude a las últimas manifestaciones por parte del presidente del Consejo General de Enfermería, donde se amenazaba con acciones judiciales hacia “representantes de organizaciones y sindicatos médicos” si se realizaban “insinuaciones y manifestaciones en las que se afirme que la prescripción de medicamentos por parte de las enfermeras supone un ‘riesgo para el paciente’”.

En este sentido, CESM y SMA manifiestan que dichas amenazas no tendrán un efecto intimidatorio, puesto que no es merecedor de respeto quien se atreve a amenazar a los representantes de los médicos mientras se incumple la norma que ampara la dispensación enfermera y se usurpa en nueve ocasiones en un mismo comunicado la exclusiva y excluyente competencia de médicos, odontólogos y podólogos, como es la prescripción de medicamentos. El propio uso malintencionado del término “prescripción” en lugar de “dispensación”, que es el que figura en las polémicas guías, ya supone una atribución de competencias inadecuada, puesto que los profesionales con la formación y los conocimientos necesarios para su desempeño son los representados por las organizaciones médicas.

Así se establece en el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que ya en el preámbulo expone que “tanto la anterior Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en su artículo 77, como el actual Texto Refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, en su artículo 79.1., han dispuesto que los médicos, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, son los únicos profesionales prescriptores, es decir, con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica”.

Ante esta aviesa campaña que vienen desarrollando desde hace años, aunque multiplicada en los últimos tiempos, con el fin de arrogarse competencias que no le corresponden, resulta evidente que no sólo se está haciendo una atribución de una competencia exclusiva de médicos, odontólogos y podólogos para el colectivo enfermero, que no cuentan con la formación y capacitación exigidas por la normativa, sino que además parece que el objetivo es enfrentar aún más a los profesionales y a sus representantes, bajo amenazas de acciones judiciales si se defiende el necesario respeto a la legalidad y se alerta del posible riesgo que un mal uso de la misma puede suponer para la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes.

En este sentido, CESM y SMA quieren manifestar que, pese a las amenazas, seguirán denunciando todas aquellas guías que atribuyan competencias médicas a colectivos no capacitados para desempeñarlas, y que ofrece todo su apoyo a aquellas instituciones del Foro de la Profesión Médica, como el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), que impugnen y recurran la invasión de competencias que suponen. Del mismo modo, en la labor intrínseca de las organizaciones de velar por las condiciones laborales de los profesionales, la Confederación y el SMA quieren dejar claro que se verán obligados a denunciar, y así lo harán, a cualquier profesional, independientemente de la categoría a la que pertenezca, que realice actividades propias del médico.

Esta línea de actuación responde, como ha señalado también el presidente del CGCOM, únicamente a la responsabilidad de los médicos en dos competencias exclusivas, como son el diagnóstico y el tratamiento. Por este motivo, como acto de responsabilidad acorde al código deontológico y como obligación de velar por la seguridad del paciente y asegurar que todas las decisiones clínicas se tomen dentro de los parámetros legales y científicos establecidos, los sindicatos de profesión médica no dejarán de denunciar y poner de manifiesto ante la sociedad la pérdida de calidad asistencial que implica la invasión de competencias médicas por colectivos no capacitados ni cualificados para su desempeño.

 

Confederación Estatal de Sindicatos Médicos y Sindicato Médico Andaluz