Nota aclaratoria sobre los certificados médicos que tienen que presentar aquellos aspirantes que han superado los procesos selectivos.
Ante las dudas de nuestros afiliados, el Sindicato Médico Andaluz ha preguntado a la Dirección General de Personal que nos aclare los términos en que debe elaborarse el certificado médico requerido a la toma de posesion de la plaza. Esta es su respuesta
25 de septiembre de 2020
Ante las dudas de nuestros afiliados, el Sindicato Médico Andaluz ha preguntado a la Dirección General de Personal del SAS, que nos aclare los términos en que debe elaborarse el certificado médico requerido a la toma de posesion de la plaza.
Esta es su respuesta:
«Las personas aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, deben presentar en el momento de la toma de posesión certificado médico acreditativo de la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo. En la solicitud de petición de destino basta con la declaración responsable de que obra en su poder.»
«El certificado médico podrá ser expedido, en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, por cualquier facultativo/a del SAS. Es imprescindible que en dicho certificado figure la firma del/de la médico/a que lo expide y que aparezca estampado el sello de su código numérico personal. Con independencia de los aspectos y circunstancias clínicas y del estado de salud que quien lo expide considere preciso indicar, dicho certificado médico debe acreditar, de forma explícita, que la persona aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la categoría y/o especialidad de que se trate. El citado certificado deberá hacer mención expresa a dicha categoría y/o especialidad.»
«Cuando se trate de opositores que trabajan y viven en otras comunidades autónomas, se aceptará el certificado médico expedido por cualquier facultativo del Sistema Nacional de Salud indicando de forma explícita, que la persona aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la categoría y/o especialidad de que se trate. El citado certificado deberá hacer mención expresa a dicha categoría y/o especialidad.»
«La personas aspirantes que participan por la reserva de plaza para personas con discapacidad deberán presentar certificado en el que conste su capacidad o aptitud para el desempeño de las funciones propias de la categoría a la que se opta, expedido por alguno de los Órganos Técnicos de Valoración de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra comunidad autónoma. Con independencia de los aspectos y circunstancias clínicas y del estado de salud que el órgano que lo expide considere preciso indicar, dicho certificado deberá hacer mención expresa a dicha categoría y/o especialidad.»
Fuente: SAS