Novedades bolsaSAS
Novedades sobre los nombramientos de bolsa según la modificación que realiza al Estatuto Marco la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
En la reunión de la Comisión Central de Bolsa se han propuesto una serie de medidas para acabar con la temporalidad en el empleo público.
A partir de ahora los nombramientos de personal estatutario temporal se harán como estatutario interino o como estatutario sustituto.
En el caso de los estatutarios interinos existirán estos tres supuestos.
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En plaza vacante: para cuando no sea posible la cobertura por el personal estatutario fijo. Plazo: 3 años máximo
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Ejecución de programas de carácter temporal: se deberán especificar las fechas de inicio y fin y no podrán tener una duración mayor a 3 años.
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Exceso o acumulación de tareas: tienen que estar detalladas y se tiene que especificar la fecha de inicio y fin. Plazo máximo de 9 meses dentro de un periodo de 18 meses.
Por su parte, los nombramientos de estatutario sustituto podrán hacerse en los supuestos siguientes:
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Sustitución para atender las funciones de personal fijo o temporal, durante los periodos de vacaciones, permisos, dispensas y demás ausencias de carácter temporal que comporten la reserva de plaza.
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Sustitución parcial para garantizar la prestación asistencial en los centros e instituciones sanitarias, durante un plazo máximo de tres años, para la cobertura de exención de guardias, pudiendo sustituir hasta dos personas.
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Reducción de la jornada ordinaria de personal estatutario, identificando a la persona o personas concretas a quien se complementa la jornada, durante todo el período correspondiente y en la modalidad que motiva la reducción.
Tipos de contratos a efectos de bolsa según su duración : Como norma general los contratos superiores a 1 año se considerarán contratos de larga duración y aquellos con duración menor a un año se catalogarán como de corta duración.
Con respecto a los nombramientos de tipo eventual estructural: Van a dejar de existir como tales. Se mantendrán aquellos que se hicieron hasta el 7 de julio de 2022, y los nuevos contratos serán todos de interino vacante o sustituto.
Nombramientos de tipo eventual estructural: Van a dejar de existir como tales. Se mantendrán aquellos que se hicieron hasta el 7 de julio de 2022, y los nuevos contratos serán todos de interino vacante o sustituto.
Nombramientos de tipo eventual estructural: Van a dejar de existir como tales. Se mantendrán aquellos que se hicieron hasta el 7 de julio de 2022, y los nuevos contratos serán todos de interino vacante o sustituto.
Mejoras de los interinos de más de 4 años: se suprimen dichas mejoras ya que no podrá haber interinos con más de 3 años, se mantendrán las mejoras de jornadas complementaria a jornada ordinaria y de jornada parcial a la jornada total.