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Publicada en el BOJA resolución del Concurso de Traslado 2019 con listados provisionales de FEA Obstetricia y Ginecología.

Resolución del Concurso de Traslado 2019 que anuncia la publicación de listados provisionales de FEA Obstetricia y Ginecología. Plazos para alegaciones y desistimientos del 31 de agosto al 18 de septiembre.

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Colectivos:

Listados provisionales del concurso de traslado de FEA Obstetricia y Ginecología.

Se ha publicado en el BOJA nº 157 del 14 de agosto de 2020 una resolución de 6 de agosto de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el CONCURSO DE TRASLADO para la provisión de plazas básicas vacantes de: 

– FEA Obstetricia y Ginecología.

Se aprueba la resolución provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales.

Esta resolución adjudica provisionalmente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida. 

Se anuncia la publicación de las listas provisionales de personas concursantes que obtienen destino, que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concurso de Traslados 2019

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, y las mismas indican la puntuación consignada por las personas aspirantes en el autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por la Comisión de Valoración en cada uno de los apartados del baremo de méritos y la puntuación total obtenida.

También anuncian la publicación de las listas provisionales de personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de las causas de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de «no baremado/a» en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta, que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales citados en el punto anterior. Se publica como anexo a la presente resolución, la relación de causas de exclusión.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles, comenzando el día 31 de agosto hasta el día 18 de septiembre de 2020, ambos inclusive, para formular alegaciones contra la misma.  Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, las personas concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos. 

Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales o desistimiento de participación en el concurso de traslado.

Durante el plazo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas candidatas que figuran excluidas en el concurso de traslado por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la participación en el mismo, deberán, subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente alegación, los documentos acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de acceso, indicándoles que, si así no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del concurso de traslado.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme lo establecido en la base 3.8 de la convocatoria, cuyo registro haya sido rechazado por la Comisión de Valoración por dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados. 

Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente o de un código de usuario y clave de acceso, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT). 

Las alegaciones formuladas contra la resolución provisional serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Valoración, mediante la resolución definitiva del concurso, aprobada por la Dirección Gerencia en virtud de la Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud sobre avocación de competencia, BOJA núm. 131, de 9 de julio de 2020, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha publicación determinará la apertura del plazo de toma de posesión.

Esta es la Resolución: 


Por otra parte os recordamos que:

El concursante que considere que no se le ha baremado un mérito en el concurso (como antigüedad fuera del SAS, tesis doctoral, máster, etc…) o figura excluido/a por la causa E06 (no presentar autobaremo) no dispone de la posibilidad de alegar a través de la VEC y, por ello, deberá hacer la alegación a través del REGISTRO TELEMÁTICO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA mediante formulario dirigido a:

  • Consejería de Salud y Familias
  • SAS

En él podrá:

EXPONER el motivo de alegación contra la Resolución en cuestión y SOLICITAR a la DGP del SAS ser rebaremado conforme a los méritos aportados.

Antes de continuar y firmar el documento se debe adjuntar en PDF, en el apartado 6 del Registro, la documentación acreditativa de presentación en plazo del mérito (por ejemplo el justificante del registro del mérito en la VEC)

Puedes acceder al REGISTRO TELEMÁTICO a través de este enlace: bit.ly/SerJJAA, donde al pulsar en el botón Presentación electrónica general, pedirá tu CERTIFICADO DIGITAL.

RECUERDA:

Debes tener instalada en tu equipo la aplicación Autofirma, siendo preferible la que emite la Junta de Andalucía.